Sistema de Retiro

Descripción:

La Comisión del Sistema de Retiro tendrá jurisdicción sobre todo asunto o legislación relacionada con la legislación y estudios concernientes a la operación de los sistemas gubernamentales de retiro y al bienestar de sus beneficiarios; la legislación necesaria y conveniente para mejorar la administración de esos sistemas, darle vitalidad, fortalecer y preservar su solvencia económica, así como todo aquello relacionado con los beneficios que éstos ofrecen, con sus participantes y sus pensionados; las propuestas concernientes al retiro de los empleados públicos, los propios sistemas y sus participantes en forma grupal o individual; así como participar en la fiscalización del funcionamiento y la solvencia de los fondos de retiro del sector público; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta. 

    Contacta al Representante

    Descripción:

    La Comisión del Sistema de Retiro tendrá jurisdicción sobre todo asunto o legislación relacionada con la legislación y estudios concernientes a la operación de los sistemas gubernamentales de retiro y al bienestar de sus beneficiarios; la legislación necesaria y conveniente para mejorar la administración de esos sistemas, darle vitalidad, fortalecer y preservar su solvencia económica, así como todo aquello relacionado con los beneficios que éstos ofrecen, con sus participantes y sus pensionados; las propuestas concernientes al retiro de los empleados públicos, los propios sistemas y sus participantes en forma grupal o individual; así como participar en la fiscalización del funcionamiento y la solvencia de los fondos de retiro del sector público; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta. 

      Contacta al Representante

      Este sitio está registrado en wpml.org como sitio de desarrollo. Cambia a una clave de sitio de producción en remove this banner.